¿Tu empresa ya ha pasado la auditoría energética obligatoria?

Quizás desconozcas si tu empresa debe pasar una auditoria energética obligatoria


Lo cierto es que, desde el 2016, ciertas compañías están obligadas a realizar este trámite para poder cumplir con la ley. Concretamente, con el Real Decreto 56/2016 impulsado por el Ministerio de Industria en España. 


De lo contrario, se exponen a tener que hacer frente a sanciones económicas que pueden llegar a los 60.000€. 


A pesar de la entrada en vigor de este decreto ley en 2016, se estima que menos del 30% de las empresas realizaron estas auditorías energéticas obligatorias


Así pues, muchas de ellas corren el riesgo de tener que afrontar multas elevadas por el incumplimiento de dicha norma. 


Por su parte, las compañías que sí realizaron esta auditoría energética en su momento, deben saber que esta vence al cabo de cuatro años. 

De este modo, a lo largo del 2020 deben volver a realizar este trámite y presentarlo a la administración pertinente.


En ese sentido, las administraciones competentes (CC.AA.) ya han empezado a enviar requerimientos de presentación del resguardo del registro de las auditorías.


Desde Enertips, como expertos en asesoría energética en Barcelona, nos encargamos de registrar las auditorías de nuestros clientes en la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial.


Por ello, tanto si debes renovar la inscripción de tu compañía en dicho registro o bien tienes dudas acerca de la obligatoriedad de realizar la auditoría energética, desde Enertips estaremos encantados de poder valorar tu caso. 


De este modo, podrás asegurarte de que tu empresa cumple con la ley vigente en materia de eficiencia energética y evitarás sanciones económicas.

Auditorías energéticas obligatorias: ¿qué son?

Esta norma respecto a las auditorías energéticas obligatorias en empresas responden a una medida para impulsar el ahorro y la eficiencia energética en España.


¿El objetivo? Contribuir de manera decisiva a alcanzar los objetivos de la Unión Europea en esta materia. 


Esta auditoria energética obligatoria por el Real Decreto 56/2016  debería cubrir las tres tipologías de instalaciones consumidoras de energía: edificios, procesos y transportes. 


Asimismo, debe cubrir, por lo menos el 85% del consumo total de energía final del conjunto de las instalaciones ubicadas en el territorio nacional. 

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¿Qué empresas deben hacer una auditoría energética?

Respecto a esto decreto ley, existe una confusión frecuente. Esta es, la creencia de que solo es obligatoria la auditoría energética en grandes empresas.


En ese sentido, cabe decir que también deben hacerla las compañías que superen cierto volumen de negocio y en función de cual sea su balance general. 

¿Cuáles son las sanciones por incumplimiento de la auditoría energética?


Como mencionábamos anteriormente, el incumplimiento de esta auditoría  energética obligatoria implica sanciones económicas considerables.


Concretamente, no realizar este trámite se considera una infracción muy grave y se puede llegar a penalizar hasta con 60.000€.


En caso de llevarla a cabo incorrectamente, sería una infracción grave y la sanción podría ser de incluso 10.000€.


Finalmente, hacer la auditoria energética, pero no comunicarla al organismo pertinente está considerado una infracción leve. No obstante, la penalización podría ser de un máximo de 1.000€.




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Enertips, expertos en asesoría energética en Barcelona

Desde Enertips, como expertos en asesoría energética en Barcelona, estaremos encantados de guiar a tu compañía en el cumplimiento de esta normativa.


Así pues, no dudes en contactar con nosotros para cualquier consulta al respecto.

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